LEY XVIII-N°32 – ART. 55° SEXIES (Buzo Profesional)
Requisitos:
Tendrá derecho a la Jubilación Ordinaria por Tarea Riesgosa, el personal que lleve adelante tareas de
buzo profesional y que acredite además los siguientes requisitos:
*Tener cincuenta y cinco (55) años los varones y cincuenta (50) años de edad las mujeres;
*Acreditar veinticinco (25) años de servicios con aportes cumplidos en cualquiera de las tareas
consideradas de riesgo.
*Haber ingresado la alícuota diferencial que fija el artículo 19° apartado d) de la presente Ley.
A los fines del presente beneficio será considerada Tarea Riesgosa la prestada por el Buzo Profesional
que trabaje directa y habitualmente en:
a) Evaluaciones de impacto ambiental y monitoreos ambientales acuáticos y subacuáticos.
b) Inspecciones de obras de infraestructura portuaria.
c) Saneamiento de Cuencas Hídricas.
d) Monitoreos – evaluación de proyectos de acuicultura y su seguimiento.
e) Control y seguimiento de derrames de petróleo.
f) Monitoreo de floraciones algales nocivas (marea roja).
g) Monitoreo de control de actividades relacionadas con los parques marinos y buceo con mamíferos
marinos.
h) Coordinación y cooperación de actividades de fondos limpios, tareas subacuáticas, etc.
Para solicitar el beneficio el interesado deberá presentar:
Formulario de Solicitud (Descargar Formulario), certificada su firma por autoridad competente.
Formulario de Cómputo Previo (Descargar Formulario), certificada su firma por autoridad competente.
Certificado o Acta de Nacimiento del interesado (copia certificada).
Fotocopia D.N.I. -frente y reverso- (copia certificada).
Fotocopia del último recibo de haberes.
Certificaciones de servicios de toda su historia laboral extendida por la repartición empleadora.
Certificaciones de las remuneraciones de los últimos 120 meses, extendida por la repartición empleadora.
Certificación de cese extendida por la repartición empleadora (si corresponde).
Constancia de Tarea Riesgosa extendida por la repartición empleadora.
Historia Previsional completa solicitada en ANSeS (Tirilla de: Autónomo, RUB, Servicios en Relación
de Dependencia Anteriores a Julio 94′ y Servicios en Relación de Dependencia Posteriores a Julio 94).
Constancia de CUIL.
Expediente de Reconocimiento de Servicios emitido por la respectiva Caja Previsional (cuando invoque
el Convenio de Reciprocidad).
EN EL CASO QUE PERCIBA EL PAGO DE ASIGANCIÓN FAMILIAR, DEBERÁ
PRESENTAR:
•Formulario de Asignación Familiar (FORMULARIO 4), certificada su firma por autoridad
competente.
•Acta de Matrimonio legalizada y actualizada por el Registro Civil.
•Acta o Partida de nacimiento de hijos o nietos bajo su tutela, menores de 26 años y/o con discapacidad
(copia certificada).
•Fotocopia certificada de D.N.I. de hijos o nietos bajo su tutela, menores de 26 años y/o con
discapacidad (copia certificada).
•En caso de hijos o nietos con discapacidad, deberá adjuntar el certificado de discapacidad.
•Guarda o tutela de menores a su cargo.
•Certificado de escolaridad de los hijos o nietos a cargo.
Señor afiliado, tenga en cuenta que para la correcta visualización de los formularios descargados, necesita tener instalado en su equipo un visor de documentos PDF. Y que al momento de imprimir los formularios, se debe respetar la impresión del frente y del dorso en una misma hoja.