• septiembre 21, 2024

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

Beneficiarios Previsionales del ISSyS:

«Se informa que AFIP habilitó el período 2024 para la presentación de F – 572 web Siradig-Trabajador, con las modificaciones introducidas por la Ley 27743.

Los que posean haberes de otros empleadores deben declarar dicho ingreso mes a mes para ser tenidos en cuenta en el cálculo de retenciones.

Además, se encuentra disponible en AFIP, SIRADIG -Trabajador la LIQUIDACIÓN DE IMPUESTO A LAS GANANCIAS – 4ta CATEGORÍA RELACIÓN DE DEPENDENCIA – F 1357, correspondiente al año 2023.

Recuerde que según la Resolución General 4003 de AFIP deberán presentar sus Declaraciones Juradas Informativa de Bienes Personales los empleados y/o jubilados que obtengan ingresos brutos anuales iguales o superiores a $ 15.917.863,82. La misma podrá efectuarse -con carácter de excepción- hasta el 30 de septiembre de 2024, inclusive.»

NUEVOS JUBILADOS DEL ISSYS:

 

“Se les recuerda que por exigencia de AFIP , debe declarar a través del F572 web, SIRADIG-Trabajador  los ingresos del año en curso que percibió en la actividad previos a su renuncia por obtención del beneficio jubilatorio y determinar al ISSyS como su nuevo agente de retención. Esto posibilita el cálculo correcto de retenciones de impuesto a las ganancias  y evita la generación de deuda ante en Fisco.
Dicha declaración debe efectuarse antes de la liquidación del primer haber jubilatorio y deberá contar con el F1357 del empleador anterior.”

 

Se deja a su disposición normativa e instructivos:

Para mayor información se cuenta con atención al público en el horario de 12 a 14 hs., vía telefónica (int 366), personalmente  sólo en Casa Central, Rivadavia N° 430, Rawson o por mail impuestos@issys.gov.ar

CASA CENTRAL – Rivadavia Nº430, Rawson.

TELÉFONOS (0280) 4482.453 / 454 / 455 / 864 / 692 (0280) 4481.071 / 078