• septiembre 10, 2026

Bases y Condiciones sorteo día del jubilado – 2026

Bases y Condiciones sorteo día del jubilado - 2026

1 – El presente sorteo (en adelante “EL SORTEO”), que se realizará entre los Jubilados y Pensionados del ISSyS; es organizado por el INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL y SEGUROS de la Provincia de Chubut con domicilio sito en Rivadavia N° 430 de la Ciudad de Rawson, en adelante denominado “EL ORGANIZADOR” al solo efecto agasajar a los jubilados en su día.

2 – La participación en EL SORTEO implica el conocimiento y la aceptación de las bases y condiciones (en adelante “LAS BASES y CONDICIONES”), como también de los procedimientos y reglas establecidas por EL ORGANIZADOR.

3 ­ DE LOS PARTICIPANTES: Podrán participar en EL SORTEO aquellos jubilados y pensionados o representantes legales de estos, nacidos o nacionalizados en la República Argentina y que a la fecha del presente se encuentren gozando de un beneficio previsional otorgado por el ISSyS (en adelante “EL PARTICIPANTE”).

4 – EL PARTICIPANTE deberá ingresar a la página www.issys.gov.ar en AUTOGESTIÓN con CUIL y Clave. LA PARTICIPACIÓN tendrá lugar desde las 00:00 horas del día 10 de Septiembre de 2026 y hasta las 23.59 horas del día 20 de Septiembre de 2026.

5 – EL SORTEO se realizará el día 21 de Septiembre de 2026, a las 11.00 horas entre los participantes que hayan cumplido con los requisitos antes consignados.

6 – LOS PREMIOS: Consistirán en “PRIMER” y “SEGUNDO” premio, siendo estos los siguientes:

PRIMER PREMIO: UNA (1) estadía indivisible por CINCO (5) días en uno de los Complejos Turísticos propiedad del ISSyS, a elección del/de la ganador/a, para CUATRO (4) personas (Ver Anexo I).

SEGUNDO PREMIO: UNA (1) estadía indivisible por CINCO (5) días en uno de los Complejos Turísticos propiedad del ISSyS, a elección del/de la ganador/a, para CUATRO (4) personas (Ver Anexo I). Cada participante podrá resultar ganador/a de UN (1) solo premio. El premio no incluye el pago de impuestos locales, prestaciones o servicios distintos a los enumerados en LAS BASES y CONDICIONES. No podrá ser reembolsable en dinero, canjeado por otro destino, como tampoco transferido, intercambiado o vendido.

7 – EL ORGANIZADOR se reserva el derecho a descalificar a aquellos participantes que no cumplan con los procedimientos previstos en LAS BASES y CONDICIONES y/o utilicen herramientas de cualquier naturaleza que les permita alterar el normal funcionamiento de los mecanismos de participación. También podrá EL ORGANIZADOR descalificar a quienes brinden datos falsos o violen estas BASES y CONDICIONES en formas que no hayan sido previstas por éstas. Cualquier PARTICIPANTE que procediera de los modos descriptos, resultará descalificado de EL SORTEO y perderá todo derecho al premio, pudiendo EL ORGANIZADOR disponer de él en la forma que estime mas conveniente.

8 – EL ORGANIZADOR en ningún caso resultará responsable por interrupciones, cortes, o cualquier desperfecto técnico, error humano o acción de terceros que pudiera afectar o suspender el normal desarrollo de EL SORTEO.

9 – DE LOS GANADORES: El/La ganador/a se elegirá a través de la plataforma digital SORTEO ALEATORIO ON-LINE, ante Escribano Público. Se procederá a seleccionar DOS (2) ganadores/as, uno/a por cada premio, y los correspondientes Suplentes. El/La ganador/a será notificado/a mediante el Sistema de AUTOGESTIÓN, así como también se publicarán los datos de los/las ganadores/as en la página Oficial del ISSyS y en las páginas de Instagram y Facebook de titularidad del Instituto de Seguridad Social y Seguros dentro de los CINCO (5) días inmediatos posteriores a la finalización de EL SORTEO. Una vez producida dicha notificación, El/La ganador/a deberá acreditar su identidad por medio de una copia de su Documento de Identidad donde deberá constar el domicilio real dentro de la República Argentina, enviando dicha copia a la dirección de correo electrónico turismo@issys.gov.ar  dentro de los DIEZ (10) días hábiles posteriores a la notificación, a fin de coordinar la entrega del premio. Transcurrido dicho plazo sin que El/La ganador/a acredite su identidad y envíe el correo electrónico a la dirección antes mencionada, dará lugar al ISSyS a proceder a la Reasignacion del Premio a El/La ganador/a Suplente.

10 – DE LA REASIGNACION DEL PREMIO: En el caso de que alguno/a de los ganadores no acredite su identidad, fuera descalificado/a por no haber cumplido con los procedimientos previstos en las BASES Y CONDICIONES, utilice herramientas de cualquier naturaleza que le permita alterar el normal funcionamiento de los mecanismos de participación, brinde datos falsos o que violen estas BASES y CONDICIONES se asignara EL PREMIO al/ a la Suplente designado/a para dicho premio, quien tomará el lugar de ganador/a, debiendo cumplir todas las condiciones descriptas en el párrafo anterior. Para el hipotético caso de que el Suplente también resultara descalificado, el Instituto de Seguridad Social y Seguros programará un nuevo sorteo ofreciendo en esa oportunidad el nuevo cronograma del mismo.

11 – DE LOS DATOS PERSONALES: EL PARTICIPANTE será el único responsable de la veracidad y exactitud de la información que brinde. EL ORGANIZADOR se exime de la responsabilidad por el error en el que éste pudiera incurrir al momento de brindar sus datos personales como potencial ganador. Una vez finalizada esta instancia y otorgado el consentimiento expreso por parte del ganador el ISSyS quedará autorizado para difundir nombre, apellido y fotografías de quien resulte adjudicatario del premio sin que esto se corresponda con pago o compensación dineraria alguna.

12 – DE LA PUBLICIDAD DE LOS GANADORES: Con el consentimiento expreso de conformidad el/la ganador/a autoriza la utilización y difusión de su nombre, datos personales, premios, imágenes, fotografías y voces si correspondiera, a los fines publicitarios en los medios de comunicación, redes sociales y toda otra forma que se considere conveniente por parte de EL ORGANIZADOR sin límite de tiempo. En virtud de la autorización referida, el/la ganador/a no tendrá derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y utilización de los datos mencionados.

13 – DE LA FORMA DE ENTREGA DEL PREMIO Y DE SU VALIDEZ: La entrega del premio se realizará en forma de voucher. La reserva deberá efectuarse hasta el día 30 de octubre de 2026 inclusive, pudiendo hacerse uso de la estadía hasta el 20 de Septiembre de 2027 inclusive.

14 – DE LA RESPONSABILIDAD DEL ORGANIZADOR: El/La ganador/a al aceptar y recibir el premio de EL SORTEO libera a EL ORGANIZADOR de cualquier obligación futura. El/La ganador/a acepta también liberar a EL ORGANIZADOR de toda responsabilidad derivada de los daños y perjuicios que pudieran surgir con motivo del uso y goce del premio y por la participación en EL CONCURSO.

15 – EL ORGANIZADOR se reserva el derecho de pronunciarse sobre todas aquellas situaciones que no hubieran sido expresamente previstas en LAS BASES Y CONDICIONES, pudiendo también cancelar, suspender o modificar EL SORTEO por hechos imprevistos ajenos a su voluntad.

ANEXO I

•  EL PREMIO: Se otorgarán DOS (2) estadías, correspondiendo UNA (1) a cada ganador/a, por CINCO (5) días, para cuatro (4) personas cada una, en uno de los Complejos Turísticos propiedad del INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL Y SEGUROS a elección del/de la ganador/a.

El PREMIO no incluye los traslados desde o hacia las ciudades de origen y/o destino, ni prestaciones o servicios distintos de los expresamente previstos en las presentes Bases y Condiciones.

Cada ganador deberá gestionar la reserva entre el 23 de Septiembre y el 30 de Octubre de 2026, quedando la fecha elegida sujeta a disponibilidad del alojamiento. La estadía podrá ser utilizada hasta el 20 de Septiembre de 2027.

El premio es indivisible, no reembolsable en dinero, no podrá ser canjeado por otro destino, ni transferido, intercambiado o vendido.