SEÑOR PRESTADOR: Evite que su facturación quede Pendiente de pago, debido a la falta de presentación de Facturas mensuales y/o complementarias, controle los importes en la Extranet.
Se informa que de acuerdo al convenio firmado con ésta Obra Social, no está permitido el cobro de plus, bajo ningún concepto, considerándose el mismo una falta grave (Ley XVIII N° 14 – Art.8 Inc.f).